El Registro de la propiedad

Como se recoge en la web registradores.org, “el registro de la propiedad tiene por objecto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles”.

Pero . . . que es?
Podemos afirmar que el Registro de la propiedad es una institución del Estado dependiente del Ministerio de Justicia que garantiza de forma eficiente quién es el dueño o titular de un bien.

El Registro adjudica el derecho a un titular y solo el podrá disponer legalmente del inmueble, reconociéndolo oficialmente como propietario.

Es necesario registrar nuestra propiedad?
La inscripción de un bien en el Registro no es obligatoria, pero sí es recomendable, sobre todo para las viviendas y bienes de mayor valor, ya que representa el principal medio de protección jurídica, dando la seguridad de que nadie podrá privar al titular de su derecho.

Qué puede pasar si no lo hacemos?
Ante el Registro no constaría el titular real, apareciendo como propietario alguien que ya no lo es, pudiendo traernos graves consecuencias en el futuro en caso de embargos o mismo la venta de ese bien e inscripción por parte de otra persona.

Cómo se inmatricula una finca?
La inmatriculación, o primera inscripción, se puede realizar si contamos con dos títulos públicos donde se transmite la finca y entre ambos documentos transcurrió, por lo menos, un año entre la primera adquisición y la segunda.

Además, tiene que existir identidad en la descripción de la finca en ambos documentos y coincidencia con la información catastral.

Coordinación Catastro – Registro
La Ley 13/2015, de 24 de junio, de reforma de la Ley Hipotecaria del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, estableció un sistema de coordinación para incorporar la representación gráfica georreferenciada de las fincas en el Registro de la propiedad empleando como base la cartografía catastral.

Se entiende por georreferenciar la técnica que permite ubicar una finca en el espacio de forma unívoca, dándole una localización geográfica definida por unas coordenadas geográficas.

Dicha coordinación otorga la presunción legal de exactitud de la finca, definiendo su geometría, superficie y linderos.

En Gabinete Cartotec llevamos a cabo todos los trámites necesarios para conseguir inscribir en el Registro su propiedad y garantizar la mayor seguridad jurídica de la misma.

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